Noticias y novedades de Vanessa Vidal Abogada

El cálculo de la pensión de viudedad a favor de un separado o divorciado será proporcional al tiempo de convivencia, haya o no otros beneficiarios

Publicado: 11 de noviembre de 2014, 13:53
  1. JURÍDICAS
El cálculo de la pensión de viudedad a favor de un separado o divorciado será proporcional al tiempo de convivencia, haya o no otros beneficiarios
El cálculo de la pensión de viudedad a favor de un separado o divorciado será proporcional al tiempo de convivencia, haya o no otros beneficiarios. Sobre el alcance de la pensión de viudedad, por hechos causantes posteriores a la entrada en vigor de la Ley 40/2007, resuelve el Supremo acerca de la incidencia del régimen transitorio respecto al cálculo prorrateado de la base reguladora cuando no existen otras personas beneficiarias en razón de distintas uniones. Trae a colación la "tesis atributiva" conforme a la cual se aplica la regla de proporcionalidad en la determinación de la cuantía de la pensión, pero que no limita su aplicación al caso de concurrencia de beneficiarios para distribuir entre ellos el importe de la prestación, sino que opera en todos los supuestos de crisis matrimoniales como un criterio de asignación del derecho en función del tiempo convivido. De ello extrae las siguientes conclusiones en cuanto al régimen aplicable: las normas sobre la base reguladora y el porcentaje siguen siendo las mismas antes y después de la reforma; la norma sobre el tope, en función del importe de la pensión compensatoria perdida debe excluirse; la remisión solo puede operar sobre la regla relativa a la prorrata en caso de crisis matrimoniales, norma que ha sido derogada por la Ley 40/2007 y sustituida por el criterio distributivo que recoge ahora el nuevo art. 174. 2 LGSS. La cuantía de la pensión calculada en función del tiempo convivido introduce una ponderación en atención a la duración de la convivencia, ya se trate de una ponderación atributiva o distributiva; afirmación ésta que para el Supremo implica entender que, tanto antes como después de la reforma del art. 174.2 LGSS, el derecho a la pensión de viudedad debe ser reconocido en cuantía proporcional al tiempo convivido, acepción amplia que incluye la prorrata y distribución proporcional. Estima el Supremo el recurso de casación unificando doctrina que aplica la prorrata al tiempo de convivencia, exista o no otro beneficiario, de la pensión de viudedad de la ex esposa del causante, separada legalmente y que no era beneficiaria de pensión compensatoria a su favor, entendiendo que pese a la reforma del art. 174.2 LGSS se mantiene el mismo sistema de cálculo anterior.

Noticias relacionadas

El Tribunal Supremo establece que la reinversión de la venta de un inmueble en otra vivienda habitual mediante hipoteca también da derecho a la exención del IRPF 4 nov

El Tribunal Supremo establece que la reinversión de la venta de un inmueble en otra vivienda habitual mediante hipoteca también da derecho a la exención del IRPF

04/11/2020 JURÍDICAS
Roj: STS 3049/2020 - ECLI: ES:TS:2020:3049 Id  Cendoj:   28079130022020100453 Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso Sede: Madrid Sección: 2 Fecha: 01/10/2020 Nº de Recurso: 1056/2019 Nº de Resolución: 1239/2020 Procedimiento: Recurso de Casación Contencioso-Administrativo (L.O.
Despido disciplinario: El despido basado en el GPS del vehículo de empresa no vulnera la intimidad del trabajador si conoce su existencia 21 oct

Despido disciplinario: El despido basado en el GPS del vehículo de empresa no vulnera la intimidad del trabajador si conoce su existencia

21/10/2020 JURÍDICAS
UNIFICACIÓN DOCTRINA núm.: 528/2018Ponente: Excma. Sra. D.ª María Lourdes Arastey SahúnLetrada de la Administración de Justicia: Ilma. Sra. Dña. María Jesús Escudero Cinca TRIBUNAL SUPREMOSala de lo SocialSentencia núm. 766/2020Excmos. Sres. y Excmas. Sras.Dª. María Lourdes Arastey SahúnD.
   Efectos de la atribución de la condición de gananciales, por voluntad de los cónyuges, a los bienes adquiridos durante la sociedad de gananciales 27 jun

Efectos de la atribución de la condición de gananciales, por voluntad de los cónyuges, a los bienes adquiridos durante la sociedad de gananciales

27/06/2019 JURÍDICAS
Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 295/2019, 27 May. Recurso 3532/2016 (LA LEY 63215/2019) En el proceso de liquidación de la sociedad de gananciales en su día formada por los litigantes, la cuestión que se plantea son los efectos que produce la atribución de la condición de
PATRIA POTESTAD. Se priva al padre de la patria potestad que ostenta sobre su hijo menor por su desatención personal y económica. 19 jun

PATRIA POTESTAD. Se priva al padre de la patria potestad que ostenta sobre su hijo menor por su desatención personal y económica.

19/06/2019 JURÍDICAS
PAREJAS DE HECHO. PATRIA POTESTAD. Se priva al padre de la patria potestad que ostenta sobre su hijo menor por su desatención personal y económica. Es lo más beneficioso para el niño. Se califica como incumplimiento grave y reiterado, prolongado en el tiempo, la dejación de las funciones por parte